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Videotelefonía · Videotelefonía

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Tipo principal · contexto general

Servicio de comunicación de voz y vídeo en tiempo real entre dos usuarios.

La Ley 11/2022 LGTel (Anexo II nº 75) define «Servicios de conversación total» como «un servicio de conversación multimedia en tiempo real que proporciona transferencia bidireccional simétrica en tiempo real de vídeo en movimiento, texto en tiempo real y voz entre usuarios de dos o más ubicaciones».

Cuando se presta como servicio comercial al público (no como mera funcionalidad de aplicación) requiere notificación al Registro de Operadores.

📜 Fuentes y normativa aplicable enlaces al BOE / CNMC

Documentos oficiales de los que se han extraído los textos anteriores:

Tipo: Videotelefonía 28/06/2022

Ley 11/2022 LGTel Anexo II nº 75

→ https://www.boe.es/eli/es/l/2022/06/28/11/con
📚 Normativa marco general (común a todos los operadores)
Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones (LGTel)
Ley marco que regula el sector de telecomunicaciones y define las obligaciones de los operadores. El Anexo II contiene las definiciones legales de los conceptos.
→ https://www.boe.es/eli/es/l/2022/06/28/11/con
Real Decreto 424/2005 — Reglamento de servicios de comunicaciones electrónicas
Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
→ https://www.boe.es/eli/es/rd/2005/04/15/424/con
Guía CNMC 2022 para la notificación al Registro de Operadores
Documento orientativo de la CNMC con la lista de tipos de redes y servicios y la documentación necesaria para la notificación.
→ https://sede.cnmc.gob.es/sites/default/files/2022-08/Guia%20Notificacion%20LGTel%202022.pdf
TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A. UNIPERSONAL
A82018474
Videotelefonía